Formación a empresas

  • Formación Bonificada

    El concepto de Formación Bonificada es aplicado a la formación de trabajadores, sin coste para las empresas, la cual es organizada e impartida por empresas especializadas como Aula Magna. Se trata de una forma económica y sencilla de que los trabajadores se reciclen, actualicen y adapten a las necesidades empresariales y del mercado.

    Esta formación no tiene coste para las empresas porque éstas se bonifican el importe de los cursos en las Cuotas de la Seguridad Social, una vez realizada la misma. Este tipo de acciones están controladas por la Fundación Tripartita y quedan reguladas en el Real Decreto 395/2007. Dicha normativa, establece que todas las empresas y/o autónomos con asalariados disponen de un crédito anual para financiar formación a sus trabajadores. La cuantía disponible para formación por las empresas se denomina “crédito”, calculándose en función del número de trabajadores y la cantidad ingresada por la empresa en concepto de Cuota de Formación Profesional durante el año anterior. Dicho crédito no es acumulable, por tanto si no se usa a lo largo año, se pierde.

    Se trata de un tipo de formación a la que pueden acceder todas las empresas españolas que coticen por la contingencia de formación profesional. Así mismo, todos los trabajadores, sin importar el tipo y/o horas de contrato, tienen derecho a realizarla. Sin embargo, es imprescindible que la empresa esté al corriente en los pagos a la Seguridad Social y a la Agencia Tributaria.

  • ¿Cuál es el crédito que tiene una empresa disponible?

    Las empresas de 1 a 5 trabajadores tienen garantizado un crédito mínimo de 420 €. Al resto de empresas se le concede un porcentaje de bonificación sobre su cuota de formación profesional, siendo éste mayor cuanto menor sea el tamaño de la empresa. A continuación se especifica el porcentaje que las empresas podrán bonificarse de la cuantía ingresada por la empresa en concepto de formación profesional, según su plantilla media:

    • Empresas de 6 a 9 trabajadores: 100%.
    • Empresas de 10 a 49 trabajadores: 75%.
    • Empresas de 50 a 249 trabajadores: 60%.
    • Empresas de 250 o más trabajadores: 50%.
  • Simulación de crédito para acciones formativas

    Cifras de cuota de Formación Profesional y plantilla media del ejercicio anterior (excepto empresas de nueva creación constituidas en el presente ejercicio)

    Entrada no válida

    * Se calcula como la suma de la casilla 501 de los TC1 ingresados en el pasado ejercicio, multiplicada por 0,7 y dividida entre 100.
    Entrada no válida

    ** Se calcula como la suma de la casilla "Nº de trabajadores" de los TC1 ingresados en el pasado ejercicio, entre el número de TC1 presentados.
    Invalid Input

  • Pasos para su tramitación

    Los trámites de los cursos de Formación Continua son muy sencillos:

    1. Firmar el Contrato de Adhesión a la agrupación de empresas de Aula Magna. La pertenencia a esta agrupación no supone ningún coste, compromiso ni exclusividad para la empresa.

    2. Calcular el crédito disponible para formación, según lo que se cotizó en concepto de formación el año anterior.

    3. Diseñar su plan de formación en colaboración con Aula Magna y/o elegir el o los cursos que más le pueden interesar a la empresa. Si la empresa necesita asesoramiento, en Aula Magna contamos con personal especializado que le podrá guiar y recomendar la formación más acorde a sus necesidades e intereses.

    4. Una hecha la elección del curso o cursos en cuestión, Aula Magna da de alta la acción formativa en la aplicación de la Fundación Tripartita. Desde ese momento, hay que esperar 7 días naturales para comenzar el curso.

    5. Una vez acabada la acción formativa se emitirá la factura del curso o cursos llevados a cabo, siendo el importe total de la misma la cantidad que la empresa podrá bonificarse.

    6. Al mes siguiente de finalizar la acción formativa, la empresa podrá practicar la bonificación en el boletín de cotización del mes siguiente o en cualquiera de ellos, hasta el boletín del mes de diciembre del año en curso.

    TC normalizado. Las empresas de menos de 10 trabajadores que no presenten TC2 (relación nominal de trabajadores) a través del sistema RED, deberán presentar un TC1 complementario que no lleva asociado TC2.

    Deberá cumplimentar en las casillas de la derecha los códigos: CL=4 y CC=95. Este TC1 complementario sólo debe detallar el importe relativo a las bonificaciones por formación, casilla 601. Su presentación se realizará en la TGSS.

    Sistema RED. El importe a bonificar se cumplimentará en el segmento ED TCA80 casilla 763 “Bonificación INEM Formación Continua” (se acumula automáticamente en la casilla 601).

    Si el saldo es acreedor (el importe a bonificar es superior a la cotización de la empresa), la TGSS procederá a su reembolso.

    7. El alumnado recibirá un certificado oficial de participación emitido por conjuntamente por Aula Magna y la Fundación Tripartita, homologado por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

Aula Magna
Apuesta por planes de formación específicos a empresas partiendo de un análisis de necesidades presentes y futuras que permitan el perfeccionamiento y la innovación para ser competitivas en el mercado laboral y empresarial.

Contacto

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